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EDITORIAL TROTTA

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Manuel Atienza

Comentarios e incitaciones

Una defensa del postpositivismo jurídico

Estructuras y Procesos. Derecho

  • papel: 18,00 €


ISBN: 978-84-9879-792-3

224 páginas

1ª edición

Fecha de publicación: junio 2019

Encuadernado en Rústica

Dimensiones: 145 x 230 mm, peso 310 g

Materias: Filosofía del derecho y ciencia jurídica

El Derecho es una compleja práctica social; en palabras de un autor clásico: la entera vida social contemplada desde un lado especial. Por eso, la discusión sobre la forma (más adecuada) de  entender el Derecho es un tema de interés general, aunque, obviamente, los más concernidos sean los juristas profesionales: prácticos y teóricos.
En este libro se parte de la idea de que pensar es en buena medida una acción colectiva que consiste no solo en pensar con otros, sino también contra otros; aunque esto último no suponga tampoco desmentir el carácter cooperativo del pensamiento: para construir o para destruir. Así, a lo largo de sus diez capítulos se comenta la obra de una decena de autores contemporáneosbastante heterogéneos entre sí: unos son filósofos —interesados por el Derecho— y otros —los más— juristas (iusfilósofos), y entre estos últimos los hay positivistas, iusnaturalistas, postpositivistas e incluso positivistas en tránsito hacia el postpositivismo. Y se hace con el propósito de incitarles (al igual que a los ocasionales lectores del libro) a confrontar su manerade entender el Derecho con la defendida por el autor, que consiste en una cierta modalidad de postpositivismo.
El postpositivismo jurídico, hablando en general, es una concepción que considera el Derecho como un complejísimo y socialmente omnipresente artefacto humano que no puede reducirse a un sistema de normas; fundamentalmente es una actividad, una práctica social encaminada al logro de ciertos fines y valores. Esa es la razón de que la teoría del Derecho no pueda limitarse a describir y explicar un fenómeno (el Derecho no es simplemente un objeto que está ahí fuera), sino que debe también (esta sería incluso su función central) establecer criterios de orientación para quienesparticipan en la práctica y, en particular, para los juristas profesionales.

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